Decreto del PEN 185/2023 – Modifica la Reglamentación de la Ley N° 17.565
El pasado martes 11 del abril, el Presidente de la Nación, firmó el decreto 185/23 por el cuál se modifica la reglamentación de la Ley N° 17.565.
Debido a la modificación a dicha ley, en las Farmacias, se aceptarán prescripciones firmadas por profesionales de las ciencias veterinarias debidamente matriculados, donde se receten medicamentos de uso en medicina humana.
Se recuerda, a su vez, que para que el farmacéutico pueda expender ciertos medicamentos, como psicofármacos de uso en medicina humana, las recetas deberán ser las suministradas por el Ministerio de Salud. En la provincia de Río Negro, los profesionales pueden adquirir, desde hace varios años, los recetarios a través del Ministerio de Salud de la provincia de Río Negro. (Ver adjunto) A su vez, recordamos que, desde la entrada en vigencia de la Ley 27680, “de prevención y control de la resistencia a los Antimicrobianos” toda prescripción de compuestos antimicrobianos debe realizarse bajo la denominada Receta Archivada.
Se aclara, que la firma del mencionado decreto NO habilita a las farmacias a expender medicamentos de uso en medicina veterinaria y que la prescripción de los medicamentos de uso en medicina humana, para su uso en medicina veterinaria queda bajo la responsabilidad del profesional veterinario.
Desde la Academia Nacional de Agronomía y Veterinaria, a través de un comunicado recomiendan la utilización de medicamentos desarrollados y
registrados para animales, y únicamente recetar y utilizar medicamentos desarrollados para humanos en animales, cuando no se disponga de un producto veterinario para esa indicación.
LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA RESISTENCIA A LOS ANTIMICROBIANOS Ley 27680
Comunicado de la Academia Nacional de Agronomía y Veterinaria